¿Cómo concretar el sistema de visitas, la duración y quién asume los gastos cuando los padres viven en lugares alejados?

Partimos de la base de que para este problema no existe una previsión legal de cómo organizarse en casos de que los padres residen en lugares alejados, ya sea dentro del país o en países diferentes, las consecuencias varían dependiendo del caso concreto, pero es muy importante que no se pierda de vista el interés del menor.

Cuando existe mucha distancia entre los progenitores lo normal es que las visitas semanales y fines de semana alternos se supriman, y se compense, ampliándose los periodos de permanencia del menor con el progenitor no custodio durante los periodos de vacaciones que le correspondan.

Como ejemplo tenemos la STS donde el Juez, teniendo en cuenta la distancia existente entre los domicilios de los progenitores, amplió el régimen de estancia del menor con el padre durante las vacaciones de verano a un periodo de un mes y tres semanas, para compensar la ausencia de visitas intersemanales y las vacaciones de Semana Santa.

En cualquier caso se deben respetar dos principios básicos,

En primer lugar, el interés superior del menor, con el fin de que el menor pueda disfrutar de la compañía de ambos progenitores de manera que no se vea afectada la relación entre ellos.

En segundo lugar, es preciso un reparto equitativo de las cargas,  de forma que ambos progenitores sufraguen los costes de traslado de forma equilibrada y proporcionada a su capacidad económica.

Respecto al traslado de los menores de un lugar a otro, normalmente será el progenitor que va a disfrutar de su derecho de visitas quien proceda a recoger a los menores en el domicilio del progenitor custodio, y una vez finalizada la estancia, será este último quien vaya a recogerlos al lugar donde resida el progenitor no custodio.

En caso de que la distancia sea muy extensa  cabe la posibilidad de que sea el progenitor que no tiene la guarda y custodia el que se desplace al lugar donde vive el otro progenitor con el menor, realizando este los dos viajes, pero asumiéndose los gastos de viaje de ida por uno y los del viaje de vuelta por otro, aplicándose el principio de reparto equitativo de las cargas antes mencionado.

Otra solución que se plantea cuando el menor deba desplazarse en avión de un lugar a otro y se trate de distancias más largas es que lo pueda hacer con el servicio de guardería o acompañamiento que ofrecen las compañías aéreas

Siempre es conveniente que los progenitores lleguen a un acuerdo en beneficio del menor, solo en caso de que no sea posible el acuerdo, deberán acudir a la vía judicial, para que sea el Juez, en base a los dos principios antes mencionados quien determine lo más conveniente para el bienestar del hijo.

Alicia Cauqui Trujillo